La nueva ley que protege a los ciclistas

El Senado aprobó la nueva ley que impide el archivo de las causas penales tras un atropello a un peatón o un ciclista. La denominada ley ciclista, pretende acabar con la impunidad de los infractores al volante evitando el archivo masivo de las causas penales. El objetivo es aumentar la protección jurídica de las víctimas, especialmente ciclistas y peatones. 

Ley ciclista

El 15 de septiembre de 2022 entró en vigor la denominada “Ley ciclista”, que tiene como objetivo acabar con la impunidad de los infractores evitando el archivo masivo de las causas penales y aumentando así la protección jurídica de las víctimas, especialmente de peatones y usuarios de bicicletas.

El Boletín Oficial del Estado publicó la modificación del Código Penal en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor que establece la obligatoriedad de elaborar un atestado y su remisión de oficio a la autoridad judicial.

De esta forma, se facilita que todos los casos de accidentes de tráfico por imprudencias con muertos o heridos con lesiones relevantes sean resueltos por jueces en vía penal y evitar así sistemáticos archivos.

Con esta norma, será obligatoria la elaboración de atestado y su remisión de oficio a la autoridad judicial y  elimina que el juez pueda subjetivamente apreciar la inexistencia de delito y archivar las diligencias sin una mínima instrucción.

Esta modificación normativa se ha denominado “Ley Ciclista” pero en realidad ampara a todos los usuarios que hayan resultado heridos de gravedad, o bien fallecido, a causa de una imprudencia grave de tráfico.

Los usuarios vulnerables acogen un elevado grueso de fallecidos en accidentes de tráfico, representando la mitad en 2020, el último año del que se tienen datos completos, y casi el 40 % en el balance provisional de 2021. Por este motivo, la normativa de seguridad vial también ha sido modificada con nuevas sanciones o sanciones más duras para proteger a los ciclistas, cuyo número ha aumentado notablemente en los últimos años.

Imprudencias graves al volante

Si el juez determina que hubo una imprudencia al volante y, como consecuencia de ella, se produjo una muerte o una lesión relevante, deberá ser calificada, como mínimo, de infracción menos grave y ser resuelta en vía penal.

Esta reforma de la ley establece que “si el homicidio se hubiera cometido utilizando un vehículo a motor o un ciclomotor, se impondrá también la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres a dieciocho meses”.

“Se reputará en todo caso como imprudencia menos grave aquella no calificada como grave en la que para la producción del hecho haya sido determinante la comisión de alguna de las infracciones graves de las normas de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. La valoración sobre la existencia o no de la determinación deberá apreciarse en resolución motivada”, establece la modificación de la normativa.

En relación con los casos de muerte, se elimina la exigencia de denuncia de la persona agraviada o de su representante legal, de modo que la autoridad judicial pueda proceder a investigar los hechos directamente.

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Reflexiones finales

La ley ciclista pone fin a la impunidad de los conductores en los atropellos graves o mortales. Esta ley busca aumentar la protección jurídica de las víctimas derivadas de imprudencias graves en la carretera, con el acento puesto especialmente en usuarios vulnerables como los ciclistas o los peatones.

No obstante, los ciclistas también tienen la obligación de conocer y cumplir sus propias normas de circulación: por ejemplo, cómo deben circular sin van en grupo fuera de ciudad o atenerse a ciertos límites de velocidad en carretera o poblado. Recordamos que la seguridad en la carreteras se construye entre todos los usuarios de la vía respetando las normativas que pretenden proteger la vida.

Esta ley busca mejorar la vida de las personas, sobre todo peatones y ciclistas y sienta la base para que las víctimas reciban un trato más decente y justo.  Promueve  que los accidentes en carreteras con víctimas fatales tengan consecuencias para los conductores que las provocan.

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