Multa por aparcar mal

Una de las multas más comunes en zonas urbanas es por aparcar mal. Muchos usuarios desconocen las normas a este respecto, otros cometen descuidos y otros simplemente no suelen darle importancia hasta que reciben la sanción. 

Para no llegar a este punto y para no poner en peligro ni perjudicar a otros usuarios de las carreteras te contaremos cuales son los lugares en donde está prohibido aparcar y cuál es la multa por aparcar mal.

¿Dónde no se puede aparcar un vehículo?

Es importante primero tener en claro una diferencia clave que menciona el Reglamento General de Circulación para saber donde se puede aparcar un vehículo: la diferencia entre parada y estacionamiento. 

Debemos hablar de parada cuando la detención del coche no supera los dos minutos y su conductor permanece en él. Y nos referimos a estacionamiento cuando el vehículo está detenido un tiempo superior a los dos minutos y sin su conductor dentro. Sabiendo esta diferencia, podemos comenzar a indicar cuando se está aparcando mal. 

Según lo establecido en el capítulo VIII – artículo 94 – del Reglamento General de Circulación, donde se explican las normas generales de parada y estacionamiento, hay hasta 16 casos que indican un mal aparcamiento. 

Está prohibido aparcar en las siguientes ocasiones:

Queda prohibido parar:

1) En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal «Túnel».

2) En pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.

3) En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.

4) En las intersecciones y en sus proximidades si se dificulta el giro a otros vehículos, o en vías interurbanas, si se genera peligro por falta de visibilidad.

5) Sobre los raíles de tranvías o tan cerca de ellos que pueda entorpecer su circulación.

6) En los lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.

7) En autopistas y autovías, salvo en las zonas habilitadas para ello.

8) En los carriles destinados al uso exclusivo del transporte público urbano, o en los reservados para las bicicletas.

9) En las zonas destinadas para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano.

10) En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos y pasos para peatones (artículo 39.1 del texto articulado).

Queda prohibido estacionar en todos los casos anteriores y en los siguientes casos:

11) En los lugares habilitados por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza o cuando, colocado el distintivo, se mantenga estacionado el vehículo en exceso sobre el tiempo máximo permitido por la ordenanza municipal.

12) En zonas señalizadas para carga y descarga.

13) En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos.

14) Sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones.

15) Delante de los vados señalizados correctamente.

16) En doble fila (artículo 39.2 del texto articulado).

Valor de la multa por aparcar mal

¿Cuál es el valor de una multa por aparcar mal?

Las multas varían de acuerdo a la infracción cometida según sea leve, grave o muy grave. 

Las sanciones se ejecutan en los siguientes y estos son sus respectivos valores: 

  • Incumplir las limitaciones horarias de duración del estacionamiento: 80 euros.
  • No señalizar la presencia de un vehículo detenido cuando haya hecho una parada o estacionamiento: 80 euros.
  • Estacionar el vehículo dejando mucha separación con el bordillo: 80 euros.
  • Estacionar el coche en doble fila sin conductor: 200 euros.
  • No obedecer la señal de estacionamiento prohibido: 200 euros.
  • Detenerse en una zona de uso exclusivo para el transporte público urbano: 200 euros.
  • Estacionar en área reservada exclusivamente para el servicio o circulación de determinados usuarios obstaculizando la circulación o siendo un riesgo para los peatones: 200 euros.
  • No obedecer la señal de parada y estacionamiento prohibido: 200 euros.
  • No obedecer la señal de estacionamiento prohibido los días impares o pares: 200 euros.
  • Estacionar el vehículo para una zona reservada de carga y descarga: 200 euros.
  • No obedecer la señal de estacionamiento prohibido en vado: 200 euros.
  • Estacionar en una plaza reservada para minusválidos: 200 euros.
  • Aparcar encima de la acera: puede ser de hasta 200 euros (hay ordenanzas municipales más permisivas en este punto, sobre todo con las motos).

¿Cómo saber si me han multado?

Cuando se emite la multa por aparcar mal, llega una notificación al domicilio del titular del vehículo, pero cuidado, porque en ocasiones las administraciones pueden no encontrar al dueño del vehículo en el domicilio por lo que podría no enterarse si no encuentran otra forma de hacérselo saber. 

En este caso, publicaran la multa en el Boletín Oficial del Municipio y se la podrá ver desde la web de la DGT. Allí se accede gratuitamente al Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA) con el DNI, NIE, CIF o matrícula del vehículo. En el caso de que el ayuntamiento en donde se emita la multa por aparcar mal no esté adscrito a este servicio se deberá concurrir directamente a la oficina indicada.

Al aparcar el vehículo por avería o accidente utiliza la luz de emergencia V16

La baliza PF Led One V16 ya está homologada por la DGT.

Al circular en las carreteras es probable que se pueda tener un incidente con el vehículo que implique hacer un detenimiento en la calzada. En este caso, será necesario señalizar la zona colocando la luz de emergencia V16 homologada, principalmente a partir del 2026, momento en que su uso comenzará a ser obligatorio. Llegado ese momento, quienes deban aparcar y no cuenten con la baliza luminosa v16 con geolocalización podrán sufrir una multa.

Una de las balizas V16 geolocalizadas aprobadas recientemente por la DGT es la PF Led ONE V16, el primer dispositivo diseñado con geolocalización que cumple con todos los requerimientos establecidos en el Real Decreto 159/2021. 

Accede ahora a la web de PF Seguridad Vial y realiza la compra bajo reserva para aumentar la seguridad del vehículo detenido en la carretera.

Índice

Luz de emergencia

LEDONE ECO Connected