¿Se puede dormir en el coche?

Todos los conductores en algún momento se han hecho o se hacen esta pregunta, o directamente se han echado a dormir en el coche en algunas situaciones que así lo ameritaba. Pero, ¿Se puede dormir en el coche?

Es entendible, muchas veces lo más recomendable para la integridad propia y la del resto de los conductores es tomar un descanso antes de seguir conduciendo. Sobre todo en trayectos de largo recorrido o si se ha consumido alcohol. Sin embargo, la DGT tiene algo que decir a este respecto.

A decir verdad, no está prohibido dormir en el coche, pero sí es importante conocer la manera correcta de hacerlo para no tener una multa si un inspector de tráfico observa alguna irregularidad.

¿Pernoctar o acampar?

Antes que todo, es necesario hacer la distinción entre dormir en el coche y acampar. Por tanto se debe saber que dormir en el coche es una actividad que se desarrolla completamente en el interior del vehículo y que no trasciende en ningún aspecto hacia el exterior del habitáculo. 

En el Instrucción 08/V-74 de la DGT queda muy claro:

“Mientras un vehículo está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior”.

Ahora bien, si se coloca un toldo o tenderete al vehículo y se duerme debajo, en el exterior del auto estacionado, se considera que se está acampando. Esto está prohibido en todo lugar por fuera de las zonas indicadas para acampe. 

Es decir, en un estacionamiento público no se podrá acampar. De hecho, se aplican multas de entre 60 y 600 euros. Y las multas se elevan aún más si el acampe se realiza en espacios protegidos, incluso si se aparca el coche para dormir allí aunque no se esté técnicamente acampando.

¿Se puede dormir en el coche?

Lugares y condiciones en las que está permitido aparcar el coche para dormir

Ahora ya se sabe, dormir en el coche es legal. Sin embargo, se debe prestar atención a cumplir con las siguientes indicaciones para no tener inconvenientes al hacerlo.

En primer lugar, se debe estacionar el vehículo correctamente en una zona en la que esté permitido aparcar.  Prestando especial atención de no sobrepasar las marcas viales que delimitan la zona de estacionamiento. Y tener en cuenta las limitaciones del tiempo para estar allí, si las hubiera.

Por otra parte, se debe tener la documentación del coche en regla al día. Esto es: la Inspección Técnica Vehicular en vigor y el seguro obligatorio. 

Además, no se podrá hacer ruidos que trascienden del habitáculo y tampoco verter líquidos hacia el exterior. 

Por último, no está permitido utilizar elementos que se coloquen en el exterior del vehículo para hacer más cómoda la estancia y el descanso. Es así que queda prohibido colocar tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación del utilitario o soportes de estabilización.

Respetado todo esto, se puede utilizar el vehículo ya sea para dormir 15 minutos y espabilar o dormir toda la noche para ahorrar el dinero que se gastaría en un alojamiento.

En definitiva, se deben cumplir las normas que cualquier otro vehículo debe cumplir para conducir. Se duerma en él o no. 

Multas para cada infracción

Ahora bien, cometer alguna de las infracciones anteriormente detalladas supone diferentes multas. De acuerdo a la comunidad autónoma o al ayuntamiento en el que suceda los valores pueden variar  en función de su normativa.

En términos generales, las multas para cada tipo de infracción serán:

  • En caso de tener algún comportamiento de acampe por fuera de una zona designada para ello (tenderetes, toldos, ruidos, verter líquidos): entre 60 y 600 euros.
  • Dormir en un coche mal aparcado: aproximadamente 200 euros
  • Aparcar para dormir en espacios protegidos: la multa puede alcanzar los 5.000 euros

Entonces, ¿Es legal dormir en el coche?

A modo de resumen, es legal dormir en el coche siempre y cuando esté bien aparcado y la actividad no trascienda al espacio exterior. Es decir, no sobrepasar las dimensiones del vehículo establecidas en su ficha técnica y no hacer ruidos que se proyectan por fuera del mismo.

Además, antes de acampar a consciencia, será importante conocer la normativa que regula esta actividad en la comunidad autónoma o en el ayuntamiento en el que se vaya a realizar. Cada una puede tener su propia regulación, y la misma no depende de la Dirección General de Tráfico. 

¿Detenimiento por causas de fuerza mayor? Coloca la Luz de emergencia V16

Luz de emergencia V16 homologada

Para finalizar, repararemos en un punto en el que los conductores no tienen la elección de aparcar el coche siguiendo las anteriores indicaciones, condición en la que tampoco se detienen necesariamente con la intención de dormir.

Nos referimos a los casos en que el vehículo sufre una avería en plena circulación. En este caso no habrá ningún tipo de sanción por el detenimiento siempre y cuando se coloque el dispositivo de preseñalización de peligro que advierta al resto de los conductores antes de toparse con el incidente.

El último dispositivo aprobado por la DGT es la luz de emergencia V16 homologada. La fecha en la que entra en vigor su uso obligatorio está establecida para el 1 de enero de 2026.

Sin embargo, los usuarios que así lo quisieran pueden llevarla en sus vehículos por cualquier emergencia aumentando considerablemente su seguridad ya que puede colocarse sin tener que descender a la carretera.

Este dispositivo luminoso ha sido diseñado por la empresa española Erum Vial y lo ha denominado PF Led ONE V16. Se la puede conocer y acceder a su compra en la web PF Seguridad Vial a un valor de 49,90 euros.

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Luz de emergencia

LEDONE ECO Connected